lunes, 2 de junio de 2008

El Supremo deja los datos de redes P2P sin la protección del secreto de las comunicaciones

Copio y pego una noticia que he leído en la edición digital del periódico El Mundo.

El Tribunal Supremo (TS) ha establecido en una sentencia que los datos que circulan a través del programa 'eMule' se convierten en públicos para los usuarios de Internet y no están protegidos por el derecho a la intimidad ni el derecho al secreto de las comunicaciones, por lo que la Policía puede acceder a ellos sin autorización judicial previa.

De este modo, la sentencia avala los rastreos informáticos del equipo de Delitos Telemáticos de la Policía Judicial de la Guardia Civil en Internet y anula una de la Audiencia de Tarragona que absolvió de un delito de facilitación de la difusión de material de pornografía infantil a una mujer usuaria de 'eMule' de Pineda (Tarragona).

"Quien utiliza un programa P2P, en nuestro caso eMule, asume que muchos de los datos se convierten en públicos para los usuarios de Internet, circunstancia que conocen o deben conocer los internautas, y tales datos conocidos por la Policía, datos públicos en Internet, no se hallaban protegidos por el artículo 18-1º ni por el 18-3 de la Constitución", concluye.

El Supremo considera que esos rastreos "tienen por objeto desenmascarar la identidad críptica" de aquellos que accedan a los archivos que contienen pornografía infantil y que "el acceso a dicha información, calificada de ilegítima o irregular, puede efectuarla cualquier usuario" por lo que "no se precisa de autorización judicial para conseguir lo que es público y el propio usuario de la red es quien lo ha introducido en la misma".

"Por todo ello, debe quedar patente que al verificar los rastreos la policía judicial estaba cumpliendo con su función de perseguir delitos y detener a los delincuentes que los cometen, siendo legítimos y regulares los rastreos efectuados", sentencia el alto tribunal.

Con estos rastreos informáticos, la policía obtiene un listado de claves de acceso que los proveedores de servicios de Internet asignan a cada ordenador en el momento en el que se conecta a Internet que permiten identificar el número telefónico desde el que se produce la conexión.

De esta forma, se podrá saber qué usuario del eMule está subiendo o descargando pornografía infantil y proceder a su detención.

Mientras esta sentencia sirva para detener a los pederastas, bienvenida sea. Quizá en la mente de algunos, exista la posibilidad de que sea utilizada para investigar a todo aquel que utilice el eMule para descargas que no sean de pornografía infantil.
Os recuerdo que en nuestro país, de momento, compartir archivos sin ánimo de lucro, es legal.

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